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𝗜𝗡𝗧𝗘𝗥𝗖𝗔𝗠𝗕𝗜𝗔 𝗕𝗢𝗧𝗘𝗟𝗟𝗔𝗦 𝗗𝗘 𝗣𝗟𝗔́𝗦𝗧𝗜𝗖𝗢 𝗣𝗢𝗥 𝗠𝗔𝗧𝗘𝗥𝗜𝗔𝗟𝗘𝗦 𝗥𝗘𝗨𝗧𝗜𝗟𝗜𝗭𝗔𝗕𝗟𝗘𝗦🌱
🎞𝗘𝗖𝗢𝗖𝗜𝗡𝗘 𝗠𝗨𝗡𝗜𝗖𝗜𝗣𝗔𝗟 𝗘𝗡 𝗟𝗔 𝗜𝗡𝗦𝗧𝗜𝗧𝗨𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗘𝗗𝗨𝗖𝗔𝗧𝗜𝗩𝗔 𝗟𝗔 𝗩𝗜𝗖𝗧𝗢𝗥𝗜𝗔🍃
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🌟 ¡𝗖𝗲𝗹𝗲𝗯𝗿𝗲𝗺𝗼𝘀 𝗷𝘂𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗲𝗹 𝗗í𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗖𝗮𝗳é 𝗲𝗻 𝘂𝗻𝗮 𝗻𝗼𝗰𝗵𝗲 𝗹𝗹𝗲𝗻𝗮 𝗱𝗲 𝘀𝗮𝗯𝗼𝗿 𝘆 𝗮𝗹𝗲𝗴𝗿í𝗮! 🌟
🔵𝗣𝗜𝗖𝗛𝗔𝗥𝗜 𝗣𝗔𝗥𝗧𝗜𝗖𝗜𝗣𝗔𝗥𝗔́ 𝗘𝗡 𝗘𝗟 𝗦𝗜𝗠𝗨𝗟𝗔𝗖𝗥𝗢 𝗡𝗔𝗖𝗜𝗢𝗡𝗔𝗟 𝗠𝗨𝗟𝗧𝗜𝗣𝗘𝗟𝗜𝗚𝗥𝗢

 

Mediante Decreto Supremo N° 023-2021-Midagri, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobó hoy el reglamento del Registro Nacional de Cooperativas Agrarias, que consta de tres capítulos, 19 artículos, sendas disposiciones complementarias y tres anexos.

De acuerdo a la publicación en el diario oficial El Peruano, se faculta al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para que dicte las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación del mencionado reglamento.

Asimismo, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego incorpora el procedimiento administrativo de Registro Nacional de Cooperativas Agrarias en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Midagri.

La norma dispone la publicación del reglamento en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Midagri (www.gob.pe/midagri).

El objetivo del reglamento es establecer las disposiciones reglamentarias del artículo 26 de la Ley de Perfeccionamiento de la Asociatividad de los Productores Agrarios en Cooperativas Agrarias, para regular y poner en funcionamiento el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias.

La Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros, órgano de línea del Midagri, está encargada de inscribir, denegar, actualizar, cancelar o sancionar a las cooperativas y centrales de cooperativas agrarias en el registro nacional.

La información consignada en dicho registro puede ser consultada por los ciudadanos, a través de los medios digitales que el Midagri habilita para tal efecto. La inscripción en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias es gratuita.