Noticias

𝑴𝒖𝒆𝒔𝒕𝒓𝒂 𝒍𝒐 𝒎𝒆𝒋𝒐𝒓 𝒅𝒆 𝒕𝒖𝒔 𝒓𝒆𝒄𝒆𝒕𝒂𝒔❗❗❗
🔵𝗖𝗨𝗥𝗦𝗢 𝗧𝗔𝗟𝗟𝗘𝗥 𝗚𝗥𝗔𝗧𝗨𝗜𝗧𝗢 𝗗𝗜𝗥𝗜𝗚𝗜𝗗𝗢 𝗔 𝗧𝗢𝗗𝗔 𝗟𝗔 𝗣𝗢𝗕𝗟𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡
𝗣𝗔𝗥𝗧𝗜𝗖𝗜𝗣𝗔 𝗗𝗘𝗟 𝗦𝗘𝗫𝗧𝗢 𝗔𝗡𝗜𝗩𝗘𝗥𝗦𝗔𝗥𝗜𝗢 𝗗𝗘𝗟 𝗖𝗘𝗡𝗧𝗥𝗢 𝗣𝗢𝗕𝗟𝗔𝗗𝗢 𝗡𝗨𝗘𝗩𝗢 𝗣𝗥𝗢𝗚𝗥𝗘𝗦𝗢
¡Atención universitarios! El Congreso aprobó el #bachilleratoautomático
¡GRANDE, PIRATA!

 

Mediante Decreto Supremo N° 023-2021-Midagri, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego aprobó hoy el reglamento del Registro Nacional de Cooperativas Agrarias, que consta de tres capítulos, 19 artículos, sendas disposiciones complementarias y tres anexos.

De acuerdo a la publicación en el diario oficial El Peruano, se faculta al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para que dicte las normas complementarias que resulten necesarias para la mejor aplicación del mencionado reglamento.

Asimismo, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego incorpora el procedimiento administrativo de Registro Nacional de Cooperativas Agrarias en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Midagri.

La norma dispone la publicación del reglamento en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Midagri (www.gob.pe/midagri).

El objetivo del reglamento es establecer las disposiciones reglamentarias del artículo 26 de la Ley de Perfeccionamiento de la Asociatividad de los Productores Agrarios en Cooperativas Agrarias, para regular y poner en funcionamiento el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias.

La Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros, órgano de línea del Midagri, está encargada de inscribir, denegar, actualizar, cancelar o sancionar a las cooperativas y centrales de cooperativas agrarias en el registro nacional.

La información consignada en dicho registro puede ser consultada por los ciudadanos, a través de los medios digitales que el Midagri habilita para tal efecto. La inscripción en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias es gratuita.